15 marzo 2020

Limitada la libre circulación en toda España durante 15 días

El gobierno decreta el estado de alarma para tratar de frenar la propagación del Coronavirus COVID-19 y evitar el colapso de los servicios sanitarios. 
La medida prohíbe circular por las vías públicas e impide salir de casa, salvo para adquirir alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; asistir a centros, servicios y establecimientos sanitarios; desplazarse al lugar de trabajo y volver del mismo (aunque se alienta al teletrabajo en aquellos ámbitos en los que sea posible) y cuidar a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables. También estarán permitidos los desplazamientos a entidades financieras y de seguros, o cualquier otra actividad de análoga naturaleza que deba realizarse por fuerza mayor, como sacar a pasear al perro o ir a la gasolinera. 
Queda además suspendida toda la actividad comercial, excepto las tiendas que se dedican a la venta de alimentos, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, los establecimientos farmacéuticos y médicos, las ópticas, los de productos ortopédicos e higiénicos, los de prensa, las gasolineras y los estancos. También podrán abrir las tiendas de equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, las que se dedican a alimentos para animales, las tintorerías y las peluquerías. 
Los museos, archivos, bibliotecas, monumentos, locales y establecimientos en los que se desarrollen espectáculos actividades deportivas y de ocio, se mantendrán cerrados durante el tiempo que dure la medida. 
Durante los quince días, plazo que puede prorrogarse si fuera necesario, no será posible celebrar desfiles, fiestas populares o las verbenas. Lo que no se prohíbe es la asistencia a los lugares de culto y las ceremonias civiles y religiosas, siempre que se garantice la posibilidad de respetar la distancia de al menos un metro entre los asistentes 
El decreto mantendrá el 100% de los servicios ferroviarios de cercanías y de transporte público de viajeros por carretera y solo reducirá a la mitad los servicios ferroviarios de media distancia y los servicios regulares de transporte de viajeros por carretera y marítimo. 
Las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y las policías autonómicas y locales, serán quienes garanticen el cumplimiento de estas restricciones. Queda abierta la posibilidad de que el gobierno pueda pedir la colaboración del Ejército. El decreto establece un régimen sancionador que puede alcanzar los 30.000 euros, aunque  el jefe del Ejecutivo, en su intervención televisada de ayer, confió en la responsabilidad civil para evitar tener que llegar a aplicarlo. «Si somos disciplinados estoy convencido de que frenaremos la expansión de COVID-19 y ganaremos la batalla». 
QUINTES Mirador del Cantábrico
La Carbayera de Quintes desierta (foto de hoy)